Entries tagged "contaminación".
ARTÍCULO 3o.- Para los efectos de esta Ley se entiende por:
Ambiental/Seminario 2/U4-Profundizacion/1. material de profundizavión.pdf
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE: Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988. Última reforma publicada DOF 04-06-2012. México.
El suelo es un recurso vital. Es el soporte físico sobre el que se asientan todos los seres vivos (Seoánez Calvo, M., 1999a). Es también la fuente primordial de materias primas y constituye uno de los elementos básicos del medio natural. Desde hace siglos la humanidad ha utilizado el suelo para desarrollarse y conseguir mejorar sus condiciones de vida. Sobre él se realizan todos los procesos de producción del hombre, como la agricultura, la industria, las infraestructuras urbanas, etc.
Además, el suelo es un componente muy específico de la biosfera porque actúa como amortiguador natural controlando el transporte de elementos y sustancias químicas a la atmósfera, la hidrosfera y la biota. Por tanto, el mantenimiento de las funciones ecológicas del suelo es responsabilidad de la humanidad (Kabata-Pendias, A. y Pendias, H., 1992d).
Sin embargo, el suelo no ha sido tenido en cuenta como recurso medioambiental hasta hace relativamente poco (Seoánez Calvo, M., 1999a) aun cuando éste constituye uno de los medios receptores de la contaminación más sensibles y vulnerables (Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, 2005).
Antes de la década de los 70 se hablaba de la contaminación del aire y del agua, pero al suelo se le consideraba con una capacidad de autodepuración casi infinita. La sensibilidad mundial comenzó a cambiar a partir de la declaración de la “Carta Europea de Suelos” desarrollada por la Comunidad Europea en 1972, la cual define el suelo como uno de los más preciados activos de la humanidad sobre el que viven hombres, animales y plantas, lo califica como un recurso limitado fácilmente destruible y manifiesta que debe ser protegido contra la erosión, la contaminación, el daño que puede causar el desarrollo urbano, y las prácticas agrícolas y selvícolas, para acabar afirmando que los Gobiernos y personas con autoridad deben impulsar medidas específicas para planificar y administrar los recursos del suelo.
Pero fue en el año 1992, en la Cumbre de Río, donde se reconoció la importancia de la protección de los suelos y de sus usos potenciales en el contexto de un desarrollo sostenible, en particular contra la contaminación procedente de acciones o actividades de origen antrópico (Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, 2005).
La contaminación es uno de los problemas más importantes del suelo (AEMA-PNUMA, 2002) y se asocia con la entrada de sustancias que, a partir de una cierta concentración deben considerarse como no deseables (Porta, J.; López-Acevedo, M.; Roquero, C., 1994).
Ambiental/Seminario 3/U7-Profundizacion/4. Materiales de profundización.pdf REF. BIBLIOGRÁFICA
Esta perspectiva primermundista para enfrentar el tema de la crisis ambiental, provocó una profunda desconfianza en los países en vías de desarrollo o Tercer Mundo respecto de las verdaderas intenciones que se perseguía con esta Conferencia, como bien señala Roberto Guimaraes:
El énfasis en Estocolmo estaba puesto en los aspectos técnicos de la contaminación provocada por la industrialización acelerada, por la explosión demográfica y por la intensificación del proceso de crecimiento urbano, todo lo cual imprimía un carácter nítidamente primer-mundista a la reunión. No debería sorprender el alto grado de resistencia demostrado por los países del Tercer Mundo en aquel entonces. Como lo resumió el representante del gobierno de la India en una reunión preparatoria a Estocolmo [...] «Los ricos se preocupan del humo que sale de sus autos; a nosotros nos preocupa el hambre» (Guimaraes, 1992: 87-88)
Ambiental/Seminario 4/U10-Profundizacion/10. Materiales de profundización.pdf
Estenssoro, F. (2015). El ecodesarrollo como concepto precursor del desarrollo sustentable y su influencia en América Latina. Universum (Talca), 30(1), 81-99.
La ecología interviene en dos niveles en la concepción de los sistemas productivos creados por el hombre. Por un lado, deben respetarse las leyes y los grandes ciclos de la naturaleza, lo que impone límites a la creatividad humana y al optimismo tecnológico. Si en el debate entre los "deterministas" geográficos y los "posibilistas" culturales es preciso dar la razón a éstos (véanse Febvre, Gourou y Rapoport}, ello es a condición de no interpretarlo en términos demasiado voluntaristas. Los proyectos muy osados de intervención, tales como los de desviar los ríos siberianos (Adabac hev, pp. 440-496} pueden tener, nueva apuesta de Fausto, consecuencias tan graves como las que tendría acudir aceleradamente a la energía nuclear. La conciencia ecológica que se ha logrado en el curso del último decenio aporta nuevas y buenas razones en favor del postulado del dominio social sobre la ciencia y la técnica.
Por otro lado, la observación de los ecosistemas naturales ofrece un excelente paradigma para los conceb idos por el hombre. Ella nos lleva a buscar las complementariedades y ligar los ciclos de suerte que se minimicen los efectos negativos para el ambiente. En suma, a poner en funcionamiento sistemas verdaderos, mientras que la tendencia a la especialización a ultranza conduce a una yuxtaposición de monocultivos y de monoproducciones, junto con una generación excesiva de desechos y de perjuicios.
Ambiental/Seminario 4/U10-Profundizacion/12. Materiales de profundización.pdf
Sachs, I. (1980). Ecodesarrollo. Concepto, aplicación, implicaciones. Comercio Exterior, 30(7), 718-725.
Sjlvanq E. R. (2018) [] Mis sitios